El Supremo determina que la banca debe devolver el 100% de los gastos de la tasación, registro de la propiedad, gestoría, así como el 50% de los gastos notariales en hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019.
Siempre que no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
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